Impuesto sobre depósitos bancarios en Aragón
Tal y como anunció la Diputada de Izquierda unida en Aragón, Patricia Luquín, las Cortes de Aragón darán luz verde a la creación del Impuesto sobre depósitos bancarios de Aragón en la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón
Inconstitucionalidad parcial de la Ley de Contratos de Aragón
La sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 19 de noviembre de 2015, (STC 237/2015 de 19 de noviembre) objeto de publicación en el BOE en fecha de 30 de diciembre de 2015 ha declarado inconstitucionales varios de los preceptos de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de las Cortes de Aragón, de medidas en materia de contratos del sector público de Aragón, como consecuencia de la vulneración de preceptos básicos de la legislación estatal.
El Estado había impugnado el contenido de los artículos 6.1 y 2 (por incompatibilidad con los artículos 146 y 151.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público –TRLCSP-) y 10 en su totalidad, así como, subsidiariamente, sus apartados 2 c), d) y f) (por incompatibilidad con los artículos 138, 142.1 y 159,).
Como consecuencia de la misma se ha declarado inconstitucional:
a) El inciso «y simplificados en los que se haya optado por no constituir Mesa de contratación» del artículo 6.1.
b) El inciso «en el plazo de cinco días hábiles» del artículo 6.2
c) El artículo 10.2 c), de modo completo
d) El artículo 10.2 d), de modo completo.
e) El inciso «en el plazo de cinco días hábiles» del artículo 10.2 f)
Para comprender el objeto de las cuestiones constitucionales objeto de controversia y la declaración de inconstitucional parcial de los artículos que reseñaremos en el post es interesante reproducir cuál es la Leer el resto de esta entrada »
Aprobación definitiva de las modificaciones impositivas en Aragón para 2016
El día 28 de diciembre de 2015 se puso
fin a la tramitación en Cortes de Aragón de la de Ley de Medidas para el mantenimiento de los Servicios Públicos de Aragón con la aprobación del Dictamen de la Comisión de Hacienda, Presupuestos y Administración Pública en el plenario de las Cortes y votación de las enmiendas vivas y votos particulares que mantuvieron los grupos, lo que va a suponer en la práctica una subida de impuestos a los ciudadanos aragoneses a partir de 1 de enero de 2016.
Presupuestos Generales del Estado 2016 y Entidades Locales
La aprobación de los Presupuestos Generales del Estado dado su carácter planificador del conjunto del Estado en materia económica, conlleva una lógica afección al conjunto de las Administraciones Públicas españolas en las materias de personal, contratación y hacienda pública.
A continuación analizamos brevemente las consecuencias de la aprobación del Presupuesto General del Estado para 2016 en las Entidades Locales mediante la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
Objetivo de Deficit. Déficit cero para las Entidades Locales.- Los Presupuestos Generales del Estado para 2016 persiguen el objetivo prioritario de seguir reduciendo el déficit público y cumplir los compromisos de consolidación fiscal con la Unión Europea. Los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública para el período 2016-2018, fijados por Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de julio de 2015, se aprobaron por el Pleno del Congreso el 15 de julio de 2015 y por el Pleno del Senado el 16 de julio siguiente. Este acuerdo establece el objetivo de déficit para el conjunto de las Administraciones Públicas en el 2,8 por ciento del PIB, desglosándose del siguiente modo: el Estado tendrá un déficit del 2,2 por ciento; la Seguridad Social del 0,3 por ciento; las Comunidades Autónomas del 0,3 por ciento; mientras que las Corporaciones Locales cerrarán el próximo año con déficit cero.
Gastos de Personal.
- Incremento salarial. Durante el ejercicio de 2016 las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas no podrán experimentar un incremento global superior al 1 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2015.
- Oferta de empleo público. Como novedad respecto al presupuesto anterior, a lo largo de 2016 se podrán llevar a cabo en el sector público la incorporación de nuevo personal. Se establece una tasa de reposición del 50 por ciento, con carácter general. Excepcionalmente en este ejercicio se aumenta hasta el 100 por ciento la tasa de reposición permitida a ciertos sectores y administraciones considerados prioritarios que se pueden observar en la propia Ley, entre las que cabe destacar la Policía Local.
- Se mantienen las restricciones a la contratación de personal laboral temporal y al nombramiento de funcionarios interinos, atribuyendo a ésta un carácter rigurosamente excepcional y vinculándolo a necesidades urgentes e inaplazables.
- En la Disposición adicional duodécima se recoge la recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 estableciendo que cada Administración Pública, en su ámbito, podrá aprobar dentro del ejercicio 2016, y por una sola vez, una retribución de carácter extraordinario cuyo importe será el equivalente a las cantidades aún no recuperadas de los importes efectivamente dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria, así como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes, correspondientes al mes de diciembre de 2012, por aplicación del Real Decreto ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, con el alcance y límites establecidos en la presente disposición de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
Enmiendas al proyecto de ley de medidas de mantenimiento de servicios públicos en Aragón
El Boletín Oficial de las Cortes de Aragón de fecha 23 de noviembre de 2015 (número 26) ha publicado las enmiendas a la totalidad y enmiendas al articulado presentadas por los grupos parlamentarios respecto a la ley de medidas de mantenimiento de los servicios públicos.
Como ya indicamos en una entrada anterior el texto normativo presentado por el ejecutivo autonómico pretende una subida impositiva para el ejercicio de 2016 con objeto de mantener los actuales niveles de bienestar de los ciudadanos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El texto presentado a tramitación ha supuesto críticas por ambos lados del hemiciclo. Mientras que para la derecha (PP y Ciudadanos) y el aragonesismo (PAR) el proyecto de ley, de aprobarse, va a suponer un freno en la recuperación económica de la región, para otros, Grupo Podemos, supone una actuación cobarde y poco ambiciosa para el mantenimiento de los servicios públicos y la efectiva redistribución de la riqueza.
Se han presentado un total de 80 enmiendas parciales.
De todas ellas, por su importancia estratégica para la aprobación de la norma, deben analizarse las del Grupo Parlamentario Podemos Aragón, cuyo resumen podéis descargaros aquí (formato pdf) o pinchando en este enlace, y que de resultar introducidas definitivamente en el texto normativo supondrá sin ningún género de dudas el incremento de la presión fiscal en Aragón bajo la “justificación” del mantenimiento de los servicios públicos básicos.
El proyecto de ley que modifica los impuestos en Aragón para 2016 continua su trámite parlamentario
El proyecto de ley que modificará los impuestos autonómicos para 2016, en la Comunidad Autónoma de Aragón, continua su trámite en las Cortes tras el debate de las enmiendas a la totalidad que fueron rechazadas por mayoría de la Cámara (psoe, podemos, grupo mixto).

De este modo, el Proyecto de Ley de Medidas para el Mantenimiento de los Servicios Públicos en la Comunidad Autónoma que fue comentado en un post anterior (Modificaciones impositivas para Aragón 2016) , y que viene a suponer un incremento de la presión fiscal en la Comunidad, en los términos reconocidos por todos los grupos, pasará su siguiente examen en Ponencia, con el análisis de las enmiendas que al articulado han presentado los diferentes grupos de la cámara que disponían hasta el 17 de noviembre para su presentación.
A esta fecha no se han publicado en el BOCA las enmiendas presentadas al texto normativo, pero se anuncia por el socio de investidura del Gobierno Autonómico (Podemos) la presentación de 36 enmiendas de modificación (Heraldo, EPA) lo que en principio puede suponer una modificación sustancial del texto presentado por el ejecutivo autonómico y, previsiblemente, una mayor subida de impuestos en Aragón para 2016.
Modificaciones impositivas en Aragón para 2016. Proyecto de Ley de medidas de mantenimiento de los servicios públicos
Bajo la denominación de “Proyecto Ley de medidas para el mantenimiento de los servicios públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón” el Consejo del Gobierno de Aragón ha remitido a las Cortes un conjunto de modificaciones normativas de carácter tributario recogidas en una única Ley que pretende evitar la tramitación de las medidas de reforma tributaria mediante una “ley de acompañamiento” de los Presupuestos Generales de la Comunidad. (Nota de prensa del Consejo de Gobierno de fecha 27/10/15)
Con esta Ley, el Gobierno Autonómico, pretende incrementar los ingresos públicos con la finalidad de mantener las políticas sociales y el estado de bienestar de los aragoneses configurando un nuevo marco fiscal que retoca los tributos cedidos (IRPF, ITPAJD, Sucesiones y Donaciones, Patrimonio), crea -o en su caso resucita- nuevos impuestos propios de carácter medioambiental (recursos hidrológicos embalsados, elementos fijos de suministro de energía eléctrica de alta tensión e instalaciones de transporte por cable) y modifica el Impuesto sobre la Contaminación de las aguas. Leer el resto de esta entrada »
Modificaciones normativas derivadas de la Ley Régimen jurídico del sector público
@sclaverom
Ya es habitual que en la “diarrea legislativa” que nos encontramos la publicación de una ley en el BOE produzca en cascada la modificación de otras muchas normas que se ven tangencialmente afectadas por la misma o que, en las más de las veces, nada tengan que ver con la de reciente aprobación.
En un post anterior, hemos comentado las modificaciones introducidas como consecuencia de la aprobación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público en la contratación administrativa y que afectan, sobre todo, a la regulación de las prohibiciones de contratar y, en menor medida, a los contratos de concesión y de gestión de servicios públicos que puedes consultar aquí.
Pues bien, la Ley publicada el pasado 2 de octubre modifica hasta un total de 11 normas de las que quedan completamente al margen de la esfera de la normativa de aplicación, al menos, las modificaciones relativas a la contratación administrativa, la relativa a la materia concursal y la de seguros. Leer el resto de esta entrada »
Modificaciones en el TRLCSP consecuencia de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sergio Clavero Miguel
Como consecuencia de la aprobación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, publicada en el BOE de fecha 2 de octubre de 2015, o mejor dicho, aprovechando la posibilidad de la misma el “legislador” ha procedido a la modificación de ciertos aspectos del Texto Refundido de la Ley de Contratos, en concreto los relativos a
- prohibiciones de contratar
- contrato de concesión
- contrato de gestión de servicios públicos
Estas modificaciones entrarán en vigor a los veinte días de la publicación de la Ley en el BOE, excepto la relativa a la Oficina Nacional de Evaluación, que lo hará al año de dicha publicación (disposición final decimoctava).
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